Innovad Consulting Group ==> Soluciones complet
Comunicate con nosotros Asesoria y Analisis de la tributacion en el Peru Regresa a la pagina principal Foros de discusion Bolsa de trabajo y Oportunidades laborales

publicidad
Categorias
publicidad

Servicio cortesia de miarroba.com

Valid XHTML 1.0!

Valid CSS!

CSS - Tableless

publicidad

lunes, 12 de marzo de 2007
Como bien sabemos, la SUNAT recibio un pago a cuenta mensual cada vez que emitiamos un recibo por honorarios cuyo monto superaba los 700 soles por recibo o era mas de 2479 soles acumulado al mes (esto se aplica solo a los ingresos recibidos durante el año 2006, para el 2007 el monto ya cambio), dentro de las obligaciones que tiene el ente recaudador frente a los contribuyentes es la de devolver los pagos en exceso realizados.

Como llegamos al calcular el monto de las devoluciones?, pues bien,primero debemos realizar nuestra declaracion jurada anual, llenando el PDT con cada uno de los recibos emitidos, hecho esto lo enviamos utilizando nuestra Clave SOL, luego procedemos a llenar el formulario 4949 con el importe que resulta a favor nuestro, adjuntamos una carta explicativa simple con nuestros datos y copia de la constancia de la DDJJ enviada, presentados estos documentos ante SUNAT, esperamos la esquela donde nos avisan el importe calculado y la direccion a donde podemos recojer nuestro cheque.

Se puede presentar la solicitud de devolucion de Impuesto a Renta de Cuarta a lo largo del año en curso, no habiendo fechas limites excepto cuando se solicitan devoluciones de mas de 4 años de antiguedad, estos ya caducaron.

Para solicitar asesoria sobre devoluciones sirvanse dirigirse a nuestro email: innovadperu@hotmail.com

Tags: pdt, perú, aduanas, gob, consultas, consulta, impuestos